Distintos medios de comunicación reflejaron la puesta en vigencia de la Tolerancia Cero al alcohol en la conducción desde este miércoles 12 de septiembre, pero la noticia generó confusión: ¿Qué plazos se asentaron para reglamentar la Ordenanza 3827/2018?
A fines de marzo de este año, el Concejo Deliberante de Río Grande sancionó, con fuerza de ordenanza, el proyecto presentado por la concejal Miriam Mora, denominado Tolerancia Cero al alcohol al momento de la conducción, con el voto positivo unánime de los siete ediles.
Con el “objeto de disminuir el número de siniestros viales relacionados con el alcohol” y “comprobado que la mínima ingesta de alcohol triplica el riesgo de sufrir un siniestro vial”, tal cual esgrime la normativa en su considerando, Río Grande se sumó, así, a seis provincias de la Argentina que, según la Agencia Nacional de Seguridad Vial, eliminaron todo tipo de tolerancia al alcohol: Córdoba, Salta, Tucumán, La Rioja, Neuquén y Entre Ríos.
En Sudamérica, apenas tres países tienen una normativa similar: Brasil, Uruguay y Paraguay. Los restantes, con variaciones entre sí, admiten cierto grado de alcohol al momento de la conducción.
Retomando el ámbito local, la Ordenanza N° 3827/18 modificó la original normativa municipal N° 1010/98 (sancionada el 11 de junio de 1998) que adhirió al Artículo 17 de la Ley Nacional N° 24.788, en el marco de la lucha contra el alcoholismo, hace poco más de 20 años
La 3827 estableció la modificación al Artículo 5, el cual prohíbe “conducir cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a 0 (cero) gramos por un mil (1.000) centímetros cúbicos de sangre”.
Entre otros cambios, la multa que sea producto de, entre 0,1 y 0,5 gramos por litro de alcohol en sangre, se fijó –en el primer caso- en el valor de 750 Unidades Punitorias. Vale aclarar, la Unidad Punitoria fue congelada por el Concejo Deliberante en $17,48, a fines del mes de abril de este año; por lo que la infracción inicial superaría, apenas, los 13 mil pesos.
Sin embargo, ese costo podría reducirse en el caso de que el involucrado reconozca la infracción. En ese caso, el monto bajaría en un 25 por ciento.
Si bien la ordenanza se aprobó el 26 de marzo de 2018, fue promulgada de hecho el 19 de abril, por el Intendente Gustavo Melella, y publicada en el Boletín Oficial del Municipio de Río Grande, el viernes 27 de abril del corriente.
Ahora bien, las dudas sobre su puesta en vigencia se multiplicaron, principalmente a partir de los propios medios de comunicación: el 4 de mayo, varios portales digitales afirmaron la aplicación de la normativa desde esa fecha, mientras otros comunicaron la misma noticia este reciente 12 de septiembre, en sintonía con declaraciones periodísticas del director de Inspección General del Municipio de Río Grande, José Díaz.
No obstante, de manera extraoficial, se acordaron seis meses de plazo (una vez publicada la ordenanza en el Boletín Oficial) para reglamentar la normativa y concientizar a la ciudadanía a través de una campaña de difusión y controles de tránsito, sobre los cambios y los objetivos de los mismos.
Con este mecanismo, los vecinos se pondrían en conocimiento de las modificaciones en materia de conducción y la denominada Tolerancia Cero a la brevedad.
Contemplando el Boletín Oficial N° 596, el mencionado plazo de seis meses expirará recién el sábado 27 de octubre, fecha en que finalmente entrará en vigencia la ordenanza.
Lo llamativo es que, en ninguno de los documentos citados, y específicamente en la ordenanza, quedó plasmado el tiempo de difusión y la fecha exacta de la puesta en vigencia de la misma.
Esa ausencia de información derivó en una serie de incorrecciones, cuya cadena tuvo su inicio en los propios funcionarios pero se replicó, con mayor fuerza, a través de distintas versiones de los medios de comunicación.
El escenario podría haberse agravado con la hipotética detección de algún caso de alcoholemia entre 0,1 y 0,5 gramos por litro de alcohol en sangre. ¿Cómo se hubiera actuado ante una situación de ese tipo y qué sanción correspondería?
La decisión de eliminar el alcohol en la conducción quedó manifiesta a partir del voto de los concejales y la adhesión del Municipio. Sin embargo, la (des)información que circuló desde su aprobación amerita, no sólo las formas, sino también la responsabilidad de los medios a la hora de comunicar.