Este viernes en la última sesión legislativa antes del reseso invernal, los 12 legisladores presentes votaron de forma unánime una Ley que seguramente traerá polémica: La Ley de Control de drogas para funcionarios del poder Ejecutivo y Legislativo. Tierra del Fuego se suma a la única provincia donde ya se aplica (Tucumán), más allá de Salta y Chaco donde no prosperó.
Para hacer un poco de memoria, en el año 2000, el Legislador MC Horacio Miranda había ingresado un proyecto bastante parecido (este es más completo ya que suma a las fuerzas policiales). Aquel proyecto tenía como objetivo que el Gobernador, Vice Gobernador, Legisladores; jueces, fiscales, ministros y secretarios debían someterse a controles de droga a través de exámenes sorpresivos en orina.
En este caso la Ley plantea solo la obligatoriedad en el ámbito del poder ejecutivo y legislativo y así lo expresa el segundo articulo de la presente: Artículo 2°.- Los alcances de la presente ley comprende los siguientes cargos: a) Poder ejecutivo: Gobernador/a hasta el rango de Subsecretarios/as y personal de planta política; entes autárquicos y descentralizados: personal de planta política; personal superior y subalterno de la policía de la Provincia; y
b) Poder legislativo: Legisladores/as hasta el rango de Prosecretarios/as y personal de planta política.
Si bien este proyecto fue presentado por los Legisladores Villegas y Urquiza en el año 2016 donde no prosperó, fue rescatado por el Legislador del FPV Ricardo Furlan. Luego de proponer algunos cambios en el proyecto original, y concertando con el resto de sus pares, fue votado por los 12 legisladores presentes en el momento de la votación (las Legisladoras Gomez y Carrasco del FPV no estuvieron en la sesión del viernes y la legisladora Boyadjian MPF se retiro unos minutos antes de ser presentado el proyecto).
Las diferencia sustancial que tiene esta ley es que hará para todos los integrantes de la Policia de la provincia, y en el caso de los otros poderes del Estado, Justicia, Fiscalía, Tribunal de cuentas y Municipios se hace una invitación a adherir a la misma.
Usted a esta hora se estará preguntando que pasará con aquel que sea detectado con estos controles, que es importante decir que no serán sorpresivos sino acordados con el ministerio de salud, bueno según plantea el texto de esta ley, los artículos 6 y 7 tienen la definición de como se actuará en estos casos.
Artículo 6°.- Si se detectare la presencia de metabólicos de drogas ilegales se
procederá del siguiente modo:
a) Funcionario designado: es causal de cese en la función pública;
b) Funcionario electo: se ejecutará la suspensión o la revocación del
mandato sujeto al procedimiento previsto por la Constitución Provincial.
Artículo 7°.- Durante todo el proceso el funcionario tendrá el más amplio derecho de defensa y gozará de todas las garantías constitucionales.
Otra pregunta que probablemente nos hagamos es quien y como se harán los controles, eso también los legisladores lo plantearon en el tercer articulo de esta norma.
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente ley en e! ámbito del Poder Ejecutivo será el Ministerio de Salud. El Poder Legislativo y quienes adhieran a la presente ley establecerán, en el marco de sus atribuciones, quien efectuará el procedimiento correspondiente según lo determinado en su artículo 4°.
Artículo 4°.- Todos los funcionarios comprendidos en el ámbito de aplicación de-la presente ley, deberán realizarse con carácter de obligatorio el examen de /detección de metabólicos de drogas en orina (DDO) en/dos (2) muestras —Identificadas/ como Frasco A y Frasco B. las que deberán/ser selladas y firmadas por las partes, para determinar la presencias psicoadictivas en sus organismos . Tal examen deberá realizarse en un plazo de cuatro (4) meses de la puesta en vigencia de la presente ley con periodicidad de un (1) año. Este procedimiento podrá ser reemplazado por otros exámenes médicos y/o bioquímicos, en función de su mayor precisión y efectividad.
Furlan, quien defendió la norma, explicó que el debate de la misma fue importante y la discusión principal se dió en si se invitaban a los otros poderes o no y por eso fue ingresada sobre tablas.
“Algunos querían que invitáramos –en el texto- a los restantes poderes, otros que no” y evaluó que se trata de “discusiones normales” para arribar a un articulado consensuado.
“Hemos ido un poco más allá” dijo, al referir al tipo de controles que propone el texto, “es importante que desde el gobernador hasta el último funcionario electo o designado tenga la responsabilidad de someterse a estos análisis”. En este sentido, el referente del FPV – PJ añadió que se estima un periodo de recuperación. “Algunos podrán, en caso de ser grave, ser removidos como prevé la Constitución de Tierra del Fuego”.
Consultado sobre los alcances de la reglamentación, luego de la promulgación del texto sancionado, Furlan entendió que “está prevista en 60 días”. También, agregó que pueden “adherir los municipios”, aunque la Ley es de alcance a todos los poderes del Estado.